En el marco del numeral 50.2 del artículo 50 del Decreto Legislativo N.º 1440 y el Decreto Supremo N.º 431-2020-EF; para cuyo efecto, se ha verificado el cumplimiento de la proyección del gasto no financiero del año 2021, establecido en el Marco Macroeconómico Multianual vigente para el presente año fiscal.
Por tanto, en el presente Decreto Supremo se modifica los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos establecidos en el Decreto Supremo N.º 431-2020-EF, en el presupuesto institucional de diversos Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y una Empresa Municipal de los Gobiernos Locales.
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