Aplican la facultad discrecional en la administración de sanciones por la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario en que incurran los sujetos que se encuentren en el Nuevo Régimen Único Simplificado – RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS Nº 000012-2021-SUNAT/700000.

Noticia del Día

¿Necesitas asesoría legal?

Contáctanos. ¡Sin compromiso!